A quién dirigirse y cómo solicitar los incentivos del Plan Transición 5.0
«Un nuevo instrumento de política industrial que combina innovación y formación. Primer plan en Europa que apoya simultáneamente las transiciones ecológica y digital. .»
Con estas palabras, el ministro Urso anunció oficialmente la puesta en marcha del decreto de aplicación del Plan Transición 5.0 (publicado en el Boletín Oficial nº 52 de 2 de marzo de 2024), cuyo objetivo es apoyar la transformación de los procesos productivos hacia modelos energéticos más eficientes y sostenibles, incentivando las inversiones en digitalización, sostenibilidad medioambiental y formación del personal. El 11 de septiembre de 2024 se firmó el decreto director por el que se abre la plataforma para la presentación de comunicaciones de finalización de proyectos de innovación en el marco del Plan Transición 5.0. Veamos concretamente a quién va dirigido, en qué consiste y cómo solicitarlo.
Sommario
- 1 A quién dirigirse y cómo solicitar los incentivos del Plan Transición 5.0
- 2 ¿Qué es la Industria 5.0?
- 3 Diferencia entre Industria 5.0 y 4.0
- 4 La evolución hacia la Industria 5.0
- 5 Plan Transición 5.0: incentivos para las transiciones ecológica y digital
- 6 Fondos asignados y objetivos
- 7 Tipos y estructura de los créditos fiscales
- 8 Características del Plan Transición 5.0
- 9 Elegibilidad
- 10 Autoconsumo, gastos de personal y actividades de formación
- 11 El impacto en las empresas
- 12 Proyectos subvencionables y beneficios
- 13 Plataforma informática
- 14 Incentivos para la energía fotovoltaica y Made in Europe
- 15 Periodo de validez y tipos de crédito fiscal
- 16 Plataforma para solicitar incentivos
- 17
¿Qué es la Industria 5.0?
«El Decreto Ley nº 19 de 2 de marzo de 2024 (denominado Decreto quáter del PNRR) estableció el Plan «Transición 5.0» en aplicación de la decisión del Consejo ECOFIN de 8 de diciembre de 2023 por la que se aprueba la redefinición y actualización del PNRR y, en particular, de las disposiciones relativas a la Inversión 15 «Transición 5.0″ de la nueva Misión 7 – REPowerEU». * El objetivo de la Inversión es apoyar, a través de un régimen de crédito fiscal, la transición del sistema productivo hacia un modelo de producción energéticamente eficiente, sostenible y basado en las energías renovables. La Industria 5.0 es una filosofía que integra todo el ciclo de producción con un enfoque sostenible y holístico. En el centro de esta nueva forma de entender la industria se encuentra un enfoque «centrado en el ser humano «, centrado en la autoestima y el bienestar de los trabajadores, el equilibrio entre la automatización y el trabajo humano, y la responsabilidad social de las empresas. Impulsada por las tecnologías de la cuarta revolución industrial (TIC, IA, robótica), promueve el uso de sistemas avanzados como los sistemas ciberfísicos y los dispositivos IoT. El objetivo es mejorar la colaboración entre humanos y máquinas para satisfacer mejor las necesidades de los consumidores y proteger el medio ambiente.
Diferencia entre Industria 5.0 y 4.0
La Industria4.0 se centra en la digitalización y la automatización, mientras que la Industria 5.0 aspira a una producción más sostenible y centrada en el ser humano. La nueva revolución industrial apunta no sólo a la eficiencia, sino a una colaboración sinérgica entre humanos y máquinas, para un futuro en el que la tecnología mejore el bienestar de todos.
La evolución hacia la Industria 5.0
El concepto de Industria 5.0 no está vinculado a un único acontecimiento, sino que es el resultado de una interacción progresiva entre las innovaciones tecnológicas y los cambios socioeconómicos. Un gran impulso vino de la Comisión Europea en 2021, que esbozó un futuro en el que la industria europea lidera la transición hacia una economía verde y resistente, afrontando el reto del cambio climático.
Plan Transición 5.0: incentivos para las transiciones ecológica y digital
El Plan Transizione 5.0, en línea con el anterior Transizione 4.0, es una medida promovida por el gobierno para apoyar la transformación digital y energética de las empresas italianas en el bienio 2024-2025. La medida cuenta con un presupuesto de 6.300 millones de euros y pretende incentivar las inversiones que favorezcan la innovación tecnológica y la reducción del consumo energético. El plan ofrece incentivos en forma de crédito fiscal para las empresas que pongan en marcha proyectos con una reducción del consumo de energía de al menos el 3% para toda la estructura de producción o el 5% para los procesos específicos implicados. Las empresas pueden beneficiarse de estos incentivos para la compra de activos tangibles e intangibles relacionados con la transición digital, incluyendo software y equipos para la autoproducción de energía renovable para autoconsumo.
Fondos asignados y objetivos
Para el bienio 2024-2025 se han asignado 12.700 millones de euros, de los cuales: – 6.300 millones del programa RePower de la UE para financiar el Plan Transición 5.0. – 6.400 millones de euros, ya previstos en la ley presupuestaria, para el Plan de Transición 4.0.
Tipos y estructura de los créditos fiscales
La cuantía del crédito fiscal varía en función de la inversión y del ahorro energético conseguido para los siguientes gastos: – Hasta 2,5 millones de euros, el crédito puede alcanzar el 45% para ahorros energéticos superiores al 10% por unidad de producción (o al 15% por proceso). Baja al 40% para ahorros entre el 6 y el 10%, y al 35% para ahorros entre el 3 y el 6%. – Entre 2,5 y 10 millones de euros, el porcentaje es del 25%, 20% o 15% según la eficiencia energética. – Para importes entre 10 y 50 millones de euros, los tipos son del 15%, 10% y 5% respectivamente. La estructura de tipos está diseñada para incentivar más a las pequeñas y medianas empresas, favoreciendo los proyectos que ofrezcan mejoras significativas de la eficiencia energética.
Características del Plan Transición 5.0
Una de las principales novedades del Plan es elacceso automático a los beneficios fiscales: las empresas podrán beneficiarse de los incentivos sin necesidad de investigaciones o evaluaciones previas. Además, la medida es transversal y aplicable a empresas de cualquier tamaño, sector y ubicación geográfica. Los incentivos pueden combinarse con otros incentivos nacionales, a excepción de los créditos fiscales de la Transición 4.0 y para inversiones en Zonas Económicas Especiales (ZEE) y Zonas Logísticas Especiales (ZEL).
Elegibilidad
Para su reconocimiento, el crédito fiscal debe contemplar la reducción del consumo energético de al menos un 3% de la estructura productiva o de al menos un 5% del proceso afectado por la inversión. La reducción del consumo energético debe derivarse de inversiones en activos materiales e inmateriales funcionales a la transición tecnológica y digital de las empresas basadas en el modelo«Industria 4.0«(Anexos A y B de la Ley 232/2016). Los activos aprobados en la medida establecida en el Anexo B de la Ley 232 de 11 de diciembre de 2016 incluyen:
- El software, los sistemas, las plataformas o las aplicaciones de inteligencia de planta que garantizan la monitorización y visualización continuas del consumo energético y de la energía autoproducida y autoconsumida, o introducen mecanismos de eficiencia energética, mediante la recogida y el procesamiento de datos procedentes también de sensores de campo IoT (Energy Dashboarding);
- Software de gestión empresarial si se adquiere junto con el software, sistemas o plataformas mencionados en (a).
Autoconsumo, gastos de personal y actividades de formación
También se puede facilitar:
- Bienes materiales nuevos utilizados en empresas para la autoproducción de energía a partir de fuentes renovables destinada al autoconsumo, con excepción de la biomasa, incluidas las instalaciones para almacenar la energía producida;
- Gastos de formación del personal en competencias útiles para la transición de los procesos de producción (hasta el 10% de la inversión realizada en bienes de equipo y hasta un máximo de 300.000 euros).
Están cualificados para impartir actividades de formación:
➢ Sujetos acreditados para realizar actividades de formación financiadas por la Comunidad o Provincia Autónoma donde la empresa tenga su domicilio social o sede operativa; ➢ Universidades, públicas o privadas, y organismos públicos de investigación ➢ Sujetos acreditados con los fondos interprofesionales de conformidad con el Reglamento CE 68/01 de la Comisión, de 12 de enero de 2001; ➢ Sujetos en posesión de la certificación de calidad de conformidad con las disposiciones vigentes Uni EN ISO 9001sector EA 37; ➢ Centros de competencia altamente especializados a los que se refiere el artículo 1, apartado 115, de la Ley 11 de diciembre de 2016, núm. 232; ➢ Centros Europeos de Innovación Digital y Sellos de Excelencia seleccionados a raíz de la Licitación Europea Restringida a la que se refiere la Decisión de la Comisión C/2021/7911 y que se define en el artículo 16 del Reglamento (UE) 2021/694 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Programa Europa Digital para el período 2021-2027; ➢ Institutos Tecnológicos Superiores (ITS Academy). Pueden optar a la subvención todas las empresas residentes y los establecimientos permanentes con sede en Italia, independientemente de su forma jurídica, sector económico, tamaño y régimen fiscal adoptado para determinar los ingresos empresariales. La norma regula supuestos específicos de exclusión (Art. 38(3)), como situaciones de dificultad financiera de la empresa o la aplicación de sanciones prohibitivas. Se exige el cumplimiento de las normas de seguridad y de las cotizaciones a la Seguridad Social. La cuantía del crédito fiscal varía en función de la cuota de inversión y de la reducción del consumo.
El impacto en las empresas
La Industria 5.0 afectará profundamente a las empresas: – Redefinición de los procesos de producción: la colaboración entre el hombre y la máquina exigirá un replanteamiento de los flujos de trabajo. – Inversiones tecnológicas: será necesario invertir en tecnologías avanzadas e infraestructuras digitales para mantener la competitividad. – Formación de los trabajadores: la formación será esencial para dotar a los trabajadores de las competencias digitales necesarias. – Adaptación a las necesidades de los consumidores: la personalización de los productos permitirá responder mejor a las preferencias individuales. – Competitividad global: las empresas que adopten con éxito este modelo tendrán ventaja sobre sus competidores.
Proyectos subvencionables y beneficios
El plan financia proyectos de innovación que impliquen inversiones en activos tecnológicamente avanzados, tanto materiales como inmateriales (como los enumerados en los Anexos A y B del Plan Transición 4.0). Y, como ya se ha dicho, a condición de que las intervenciones garanticen una reducción del consumo de energía de al menos el 3% para toda la unidad de producción o del 5% para los procesos específicos implicados en la inversión. También son subvencionables los gastos de formación del personal y las instalaciones de autoproducción de energía a partir de fuentes renovables para autoconsumo. Se requiere una certificación «ex ante» para acreditar el ahorro energético previsto y otra «ex post» para confirmar la reducción real del consumo al final del proyecto. Entre las entidades cualificadas para emitir las certificaciones se encuentran los Expertos en Gestión Energética, las Empresas de Servicios Energéticos y los ingenieros expertos en eficiencia energética. El sistema pretende facilitar la transición hacia una industria más sostenible, en línea con los objetivos del plan REPowerEU.
Plataforma informáticaSe puede acceder a la Plataforma Informática «Transición 5.0» desde elÁrea de Clientes del sitio web institucional del IGE. |
Incentivos para la energía fotovoltaica y Made in Europe
Un aspecto interesante se refiere a la instalación de paneles fotovoltaicos para autoconsumo: si se producen en Europa y cumplen unos requisitos técnicos específicos, se benefician de un incentivo mayor. A la espera de la publicación de un registro oficial, las empresas pueden obtener los incentivos mediante un certificado expedido por el fabricante
Periodo de validez y tipos de crédito fiscal
Los incentivos afectan a las nuevas inversiones realizadas entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025, con la posibilidad de completar la documentación requerida hasta el 28 de febrero de 2026. El crédito fiscal puede alcanzar un tipo máximo del 45%, modulado en 9 niveles que varían en función del importe de la inversión y de la reducción del consumo energético conseguida.
Plataforma para solicitar incentivos
Se puede acceder a la plataforma informática desde el área de clientes del sitio web institucional del GSE (Gestore dei Servizi Energetici) para reservar incentivos. Las empresas podrán registrarse a través del SPID y seguir las instrucciones para cumplimentar correctamente los trámites documentales exigidos por el decreto.
Referencias:
* https://www.mimit.gov.it/images/stories/documenti/Slide_Transizione_50-_MIMIT.pdf https://www.teamsystem.com/magazine/industry-40/industria-5-0-evoluzione-aziende/ https://www.mimit.gov.it/it/notizie-stampa/mimit-al-via-il-piano-transizione-5-0-apre-oggi-alle-12-la-piattaforma-per-prenotare-gli-incentivi https://www.ilsole24ore.com/art/industria-50-cos-e-e-cosa-manca-rendere-operativo-bonus-AGuFDHH https://www.mimit.gov.it/it/normativa/decreti-direttoriali/decreto-direttoriale-6-agosto-2024-credito-dimposta-transizione-5-0-termini-e-modalita-presentazione-domande
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